viernes, 9 de septiembre de 2016

NIAS de confirmaciones

NIA 260

La NIA 260 “Comunicaciones con los responsables del gobierno de la entidad”. Asuntos que se deben comunicar, es el alcance y oportunidad planeados para la auditoria, y los hallazgos significativos de la auditoria. 

Esta NIA trata de la responsabilidad que tiene el auditor de comunicarse con los responsables del gobierno de la entidad en una auditoria de estados financieros.

El objetivo de esta NIA es la comunicación clara a los responsables del gobierno de la entidad de las responsabilidades del auditor en relación con la auditoria de estados financieros, así como una descripción general del alcance y del momento de realización de la auditoria planificada.
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Las formas de comunicación son; escritas, verbales y detalladas.

Confirmaciones Externas NIA 505

El auditor debe diseñar e implementar procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoria relevante y confiable. Esta evidencia en forma de confirmaciones externas pueden ser más confiables que la evidencia generada internamente en la entidad.

El auditor debe de tomar en cuenta, la negativa de la administración o permitir que el auditor envíe una solicitud de confirmación, los resultados de los procedimientos de confirmaciones  externas y la evaluación de la evidencia obtenida.

Con relación a las confirmación de abogados, el auditor debe cuidar que las solicitudes de confirmación a los abogados contengan ciertos requerimientos mínimos de información que le permitan identificar adecuadamente la existencia de litigios, demandas y gravámenes. El auditor deberá analizar y evaluar las respuestas de los abogados con el objetivo de cuantificar cualquier posible pérdida o utilidad y juzgar su importancia relativa en relación a los estados financieros sujetos a examen.

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Carta de Representación

Es la carta de gerencia viene a ser el documento obtenido por la sociedad de auditoria, a través del cual el titular de la entidad auditada y o el nivel gerencial competente reconoce haber puesto a disposición de la comisión de auditoria toda información requerida.

De la carta de representación nos indica la NIA 580 “Manifestaciones Escritas”, si la dirección se rehusara a proporcionar esta carta de representación, ello constituirá una limitación al alcance del trabajo y por lo tanto, el auditor debería emitir una opinión con salvedades indeterminada o abstenerse de opinar. En tales casos, el auditor debe evaluar la confianza que ha depositado en otras representaciones hechas por la administración durante el curso de su examen y considerar tal negativa puede tener efectos adicionales sobre su dictamen.
Los requisitos formales de la carta gerencial; la carta de gerencia o carga de representación deberá ser formulada en papel membretado de la entidad y firmada por funcionarios de nivel jerárquico adecuado, los cuales tienen pleno conocimiento y son responsables de los asuntos materia de la carta.

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